Descripción
Registra los valores a favor del ente económico y a cargo de clientes nacionales y/o extranjeros de cualquier naturaleza, por concepto de ventas de mercancías, productos terminados, servicios y contratos realizados en desarrollo del objeto social, así como la financiación de los mismos.
Para el caso de las sociedades administradoras de consorcios comerciales, se deben llevar por separado tanto los grupos cerrados como vigentes, entendiéndose por grupos cerrados aquellos en los cuales el bien o servicio objeto del contrato se ha adjudicado en su totalidad a los integrantes del grupo y por grupos vigentes aquellos en los cuales no ha sido adjudicada la totalidad de los bienes o servicios.
Debe presentarse por separado cada uno de los rubros que conforman la subcuenta 130515 -deudores del sistema-, a saber: cuota neta y de administración, por cada grupo de suscriptores.
Dinámica
Débitos
- Por el valor de los productos, mercancías o servicios vendidos a crédito;
- Por el valor de las notas débito por cheques devueltos por los bancos;
- Por el ajuste por diferencia en cambio, de la cartera expresada en moneda extranjera;
- Por el valor adjudicado y recibido por el suscriptor favorecido de acuerdo con el plan previsto en el contrato, ya sea por sorteo o por oferta;
- Por el reajuste de las cuotas netas adeudadas por el suscriptor favorecido, en la misma proporción en que varíe el precio del bien o servicio objeto del contrato. El reajuste no opera para aquellas cuotas en mora;
- Por el valor de la causación periódica y sistemática de las cuotas de administración en mora, y
- Por la cesión de derechos de acuerdo con las normas establecidas.
Créditos
- Por el valor de los pagos efectuados por los clientes;
- Por el valor de las devoluciones de productos, mercancías o servicios no aceptados;
- Por el valor de los descuentos o bonificaciones por cualquier concepto;
- Por los traslados a cuentas de difícil cobro;
- Por el valor de las notas crédito que origine el ente económico a favor de sus clientes;
- Por el ajuste por diferencia en cambio, de la cartera expresada en moneda extranjera;
- Por el saldo a favor que tenga el suscriptor favorecido en la cuenta acreedores del sistema, al momento de hacerse la entrega del bien o prestado el servicio;
- Por el valor de la cesión de derechos de acuerdo con las normas legales vigentes en el momento de dicha cesión, e
- Por el valor de las reconsignaciones de los cheques devueltos.