Descripción
Registra el valor adeudado por el ente económico a proveedores de mercancías o servicios con los cuales se mantiene un contrato de cuenta corriente en los términos previstos en las normas legales vigentes.
En virtud del contrato de cuenta corriente, los créditos y débitos derivados de las remesas mutuas de las partes se consideran como partidas indivisibles de abono o de cargo en la cuenta de cada cuentacorrentista, de modo que sólo el saldo que resulte a la clausura de la cuenta constituirá un crédito exigible.
La clausura y la liquidación de la cuenta en los períodos de cierre, no producirán la terminación del contrato sino en los casos previstos en dichas normas.
Dinámica
Créditos
- Por el valor de las facturas, cuentas de cobro, remesas o pagos recibidos, y
- Por el valor del ajuste por diferencia en cambio o pacto de reajuste, si fuere del caso.
Débitos
- Por los cargos por facturas, cuentas de cobro, pagos o remesas enviadas, y
- Por el ajuste negativo por diferencia en cambio de los saldos en moneda extranjera.