Descripción
Comprende el valor total de los aportes iniciales y los posteriores aumentos o disminuciones que los socios, accionistas, compañías o aportantes, ponen a disposición del ente económico mediante cuotas, acciones, monto asignado o valor aportado, respectivamente, de acuerdo con escrituras públicas de constitución o reformas, suscripción de acciones según el tipo de sociedad, asociación o negocio, con el lleno de los requisitos legales.
Para el caso de las compañías por acciones, estará constituido por:
- El capital autorizado, que es la suma fijada en la escritura pública de constitución o reformas.
- El capital por suscribir, que lo conforma el capital autorizado menos el valor de las acciones suscritas.
- El capital suscrito es el valor que se obligan a pagar los accionistas, no menos del 50% del autorizado al constituirse la sociedad.
- El capital suscrito por cobrar, que corresponde al valor pendiente de pago por parte de los accionistas en la suscripción de las respectivas acciones.
En cuentas auxiliares se registrarán por separado cada clase de aportes según los derechos que confieran.
Los aportes en especie deberán registrarse por el valor pactado por los accionistas o socios, o el debidamente fijado por los órganos competentes del ente económico, previa aprobación por parte de la entidad que ejerza la vigilancia y control, si fuere el caso.
La diferencia entre el valor nominal de las acciones, cuotas o partes de interés social y su valor asignado para efecto de la capitalización, se debe registrar en la cuenta 3205 -prima en colocación de acciones, cuotas o partes de interés social.