Descripción
Agrupa las cuentas que representan los beneficios operativos y financieros que percibe el ente económico en el desarrollo del giro normal de su actividad comercial en un ejercicio determinado.
Mediante el sistema de causación se registrarán como beneficios realizados y en consecuencia deben abonarse a las cuentas de ingresos los causados y no recibidos. Se entiende causado un ingreso cuando nace el derecho a exigir su pago, aunque no se haya hecho efectivo el cobro.
Al final del ejercicio económico las cuentas de ingresos se cancelarán con abono al grupo 59 -ganancias y pérdidas-.
Los ingresos se registrarán en moneda funcional, es decir en pesos, de suerte que las transacciones en moneda extranjera u otra unidad de medida deben ser reconocidas en moneda funcional utilizando la tasa de conversión, tasa de cambio o UPAC (hoy UVR) aplicable a la fecha de su ocurrencia, de acuerdo con el origen de la operación que los genera.
Los ingresos se clasifican en operacionales y no operacionales.